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El Consejo Escolar es el órgano consultivo colegiado representativo de la Comunidad Educativa y ejerce sus funciones respetando los derechos de las familias, del profesorado, alumnado, personal administrativo y de servicios y de la institución titular (Reg. Art. 33)

EL Consejo Escolar se reunirá ordinariamente una vez por trimestre escolar y siempre y cuando el Director Pedagógico lo crea oportuno; y también a propuesta del Director Titular o de dos tercios de los miembros del Consejo (Reg. Art. 37).